Según la Ley PIT, todas las personas físicas deben pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (PIT). Sin embargo, la obligación fiscal puede ser ilimitada o limitada dependiendo de la residencia del contribuyente.
Obligación fiscal ilimitada
Ocurre cuando todos los ingresos del contribuyente están sujetos al PIT en Polonia, independientemente de su origen (nacional o extranjero).
Como regla general, las personas físicas con residencia en Polonia están sujetas al PIT por todas sus gananacias (ingresos), independientemente del lugar donde se encuentren las fuentes de ingresos.
Fundamento legal
artículo 3, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Se considera residente a quien tenga su centro de intereses vitales en Polonia o permanezca en Polonia por más de 183 días en el año fiscal.
Fundamento legal
artículo 3, apartado 1a de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Obligación fiscal limitada
Se aplica cuando solo los ingresos obtenidos en Polonia están sujetos al PIT.
Las personas físicas sin residencia en Polonia pagan el PIT solo por sus ganancias obtenidas en Polonia.
Fundamento legal
artículo 3, apartado 2a de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Doble imposición
El país donde existe obligación fiscal ilimitada tiene el derecho primario de imponer impuestos. Si se generan ingresos en otro país, este puede renunciar a la tributación o gravar los ingresos. En caso de imposición, se aplican las disposiciones del tratado de doble imposición correspondiente, el cual puede contemplar uno de los métodos para evitar la doble imposición: excluyendo ingresos gravados en otro país (método de exención) o deduciendo impuestos pagados en ese país (método de imputación).