Información general
El exceso de impuestos es la cantidad de impuestos pagados por el contribuyente o retenidos por el agente retenedor en una cantidad mayor a la debida, o la cantidad de impuestos pagados indebidamente por el contribuyente o retenidos por el agente retenedor.
Fundamento legal
artículo 72 § 1 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
En el caso del impuesto sobre la renta de las personas físicas, el exceso de impuestos surge al presentar la declaración anual.
Fundamento legal
artículo 73 § 2 punto 1 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
Si, según la declaración fiscal anual, resulta un exceso de impuestos (en el formulario PIT-37, es la posición 139 en la parte H), la administración tributaria puede realizar el reembolso de la siguiente manera:
- Transferencia a la cuenta bancaria.
- En efectivo, mediante giro postal a la dirección de residencia del contribuyente.
Reembolso a la cuenta bancaria
La condición para el reembolso del exceso de impuestos a la cuenta bancaria es la previa notificación de su número a la autoridad fiscal.
Si tu número personal de cuenta bancaria, indicado en años anteriores, sigue siendo válido, no es necesario indicarlo en la declaración presentada.
Si no has notificado el número de cuenta personal o el número indicado no es válido, puedes proporcionarlo en la declaración presentada o presentar una notificación actualizada, proporcionando los datos actuales de tu cuenta bancaria indicada en la declaración (en el formulario PIT-37, en la posición 163 en la parte N).
Fundamento legal
artículo 77b § 1 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
Reembolso mediante giro postal
Si no tienes una cuenta bancaria o no la has notificado a la autoridad fiscal, tu exceso de impuestos se reembolsará mediante giro postal, deduciendo los costos asociados con la realización de dicho giro postal.
Fundamento legal
tículo 77b § 1 punto 2 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
Reembolso en la caja de la oficina tributaria
Si la cantidad del exceso no excede el doble de los costos de la notificación en el procedimiento de ejecución, y no has indicado la cuenta a la que se debe realizar el reembolso, el exceso se reembolsará en la caja de la oficina tributaria.
Si deseas recibir el reembolso del exceso en la caja de la oficina tributaria, infórmalo en la declaración de impuestos presentada.
Fundamento legal
tículo 77b § 1 punto 2 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
Plazo de reembolso
Recibirás el reembolso en un plazo de:
- 3 meses a partir de la presentación de la declaración anual, si la presentaste en forma de documento en papel.
- 45 días a partir de la presentación de la declaración anual, si la presentaste en forma de documento electrónico a través de los servicios «Twój e-PIT» o «e-Deklaracje».
Fundamento legal
artículo 77 § 1 punto 5 en relación con el artículo 73 § 2 punto 1 y el artículo 77 § 1 punto 5a de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)
El exceso resultante de una declaración corregida se reembolsa en un plazo de:
- 45 días a partir de la fecha de su corrección, en caso de corrección mediante medios de comunicación electrónica.
- 3 meses a partir de la fecha de su corrección, en otros casos.
Fundamento legal
artículo 77 § 2 punto 3 de la Ley de 29 de agosto de 1997, General Tributaria (Ordynacja podatkowa)