Información general
En el impuesto sobre la renta de las personas físicas (PIT) no existe una tarifa fiscal uniforme. El legislador adopta una escala de impuestos básica, regulada en el artículo 27, párrafo 1 de la Ley de PIT (escala impositiva), junto con tasas de impuestos especificadas en sus disposiciones adicionales.
La forma principal de gravar los ingresos es mediante la aplicación de la escala impositiva. Actualmente, rige una escala de dos tramos con tasas del 12% y 32%, un umbral de ingresos de 120,000 PLN y una cantidad anual que reduce el impuesto de 3,600 PLN.
Cumpliendo ciertos requisitos, el impuesto sobre los ingresos de la actividad económica puede calcularse aplicando una tasa única del 19% (elección realizada mediante declaración escrita del contribuyente).
Además, algunos ingresos están gravados exclusivamente con una tasa del 19%, como los ingresos por la venta de valores, inmuebles y otros derechos patrimoniales.
Escala impositiva
De acuerdo con el artículo 27, párrafo 1 de la Ley de PIT, el impuesto sobre la renta de las personas físicas se calcula según la escala especificada en este artículo, donde la tasa aumenta con el aumento de la base de cálculo del impuesto:
Base liquidable en PLN | Impuesto |
---|---|
Hasta 120.000 PLN | 12% menos 3.600 PLN |
Sobre 120.000 PLN | 10.800 PLN + 32% del excedente sobre 120.000 PLN |
Fundamento legal
artículo 27, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Fuentes de ingresos:
- Contratos de trabajo.
- Contratos civiles.
- Actividad realizada personalmente (por ejemplo, miembros de la junta directiva).
- Actividad económica (a menos que se declare otro tipo impositivo*).
- Alquiler.
- Otros.
* Las personas físicas que llevan a cabo una actividad económica tienen la opción de elegir entre diferentes regímenes fiscales como el impuesto fijo (podatek liniowy) o el régimen de tanto alzado (ryczałt od przychodów ewidencjonowanych).
Impuesto fijo
El impuesto fijo sobre las ganancias derivadas de actividades económicas es del 19% sobre la base de cálculo del impuesto.
Fundamento legal
artículo 30c, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Los trabajadores autónomos pueden optar por el impuesto fijo (podatek liniowy), fijado en un 19%, sin importar la base de cálculo del impuesto. Deben presentar una declaración por escrito ante la autoridad fiscal competente antes del día 20 del mes siguiente al mes en que se generaron los primeros ingresos en el ejercicio fiscal. Si los primeros ingresos se obtuvieron en diciembre, la declaración debe presentarse antes del final del ejercicio fiscal.
Fundamento legal
artículo 9a, apartado 2 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Régimen de tanto alzado
Los trabajadores autónomos también tienen la opción de elegir el régimen de tanto alzado. En este caso, deben presentar una declaración escrita ante la autoridad fiscal competente, indicando la elección de tributación mediante una suma fija sobre las ganancias registradas (ryczałt od przychodów ewidencjonowanych), conforme a lo establecido en la Ley del impuesto sobre la renta a tanto alzado (ustawa o zryczałtowanym podatku dochodowym).
Fundamento legal
artículo 9a, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)