Información general
Los ciudadanos de Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Singapur y Uruguay pueden solicitar la prórroga de estancia sin visado
Fundamento legal
- artículo 20, apartado 2 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen
- artículos 300 y 301 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
La prórroga permite extender la estancia sin visado por 90 días adicionales, solo una vez. La confirmación de esta prórroga se registra mediante un sello en el pasaporte del solicitante.
Fundamento legal
artículo 300, apartados 1 y 3 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
Documentos necesarios
Para solicitar la prórroga de estancia sin visado, se requieren los siguientes documentos:
- solicitud de prórroga
Formulario de solicitud (descargable en polaco), completado con los datos del extranjero (nombres, apellidos, fecha de nacimiento, ciudadanía), dirección de residencia y la explicación de las circunstancias que justifican la prórroga
- documentos que confirmen la legalidad de estancia en el territorio de Polonia
- copia del pasaporte con todas las páginas escritas
- certificado que confirme el cumplimiento de la obligación de empadronamiento
- documentación que respalde las circunstancias que fundamentan la prórroga de la estancia sin visado
- pasaporte original para su inspección
En caso de necesitar aclaraciones adicionales durante el proceso, se puede solicitar al extranjero la provisión de documentos adicionales o testimonios que confirmen las circunstancias mencionadas en la solicitud.
¿Dónde presentar la solicitud?
En la oficina del voivodato /odnośnik do: “Voivodato”/ (Urząd Wojewódzki) donde tenga su residencia el solicitante, a más tardar el último día de estancia legal sin visado.
Fundamento legal
artículo 300, apartados 1 y 2 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
Tasas
Exento de pago
¿Cúanto demora el trámite?
El sello se estampará inmediatamente después de la presentación de los documentos en la oficina del voivodato. Si es necesario investigar el caso, la decisión sobre la prórroga de estancia sin visado deberá emitirse dentro de los 30 días.
Fundamento legal
artículo 35, § 2 y 3 del Código de Procedimiento Administrativo