Información general
El periodo de validez de un visado o la duración de la estancia permitida puede extenderse en caso de razones humanitarias, de fuerza mayor, o razones personales graves que impidan al titular abandonar antes de la expiración.
Las prórrogas por razones humanitarias o de fuerza mayor son gratuitas.
Fundamento legal
artículo 33, apartado 1 del Reglamento (CE) n° 810/2009 (Código de visados)
Para razones personales graves, se aplicará una tasa de 30 EUR.
Fundamento legal
artículo 33, apartado 2 del Reglamento (CE) n° 810/2009 (Código de visados)
Si se presenta una solicitud completa de prórroga a tiempo (o se completa según el plazo establecido por la oficina del voivodato):
- la oficina del voivodato estampará un sello en el pasaporte para confirmar la presentación de la solicitud de prórroga del visado
- la estancia del extranjero en Polonia se considera legal desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el día en que la decisión final sobre la prórroga del visado sea definitiva
Fundamento legal
artículo 87, apartado 1 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
Documentos necesarios
Documentos necesarios para la solicitud de prórroga de visa Schengen:
- formulario de solicitud (descargable en polaco)
Fundamento legal
artículo 85, apartado 1 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
- fotografía:
- requisitos de calidad de la fotografía: en buen estado, en color y nítida
- formato de la fotografía: de 35 x 45 milímetros (tamaño carné),
- de no más de 6 meses de antigüedad
- tomada de frente, en la que se vea de forma clara los dos lados de la cara, desde la cima de la cabeza hasta la parte superior de los hombros, de manera que la cara ocupe el 70-80% de la fotografía
- requisitos del fondo: uniforme claro y liso
- requisitos de la expresión del rostro en la fotografía: mirando hacia adelante con los ojos abiertos, con una expresión neutra, boca cerrada y cabello descubierto
- la fotografía debe reproducir el color natural de la piel
Fundamento legal
§ 3, apartados 1 y 2 del Reglamento del Ministro del Interior de 5 de mayo de 2014 sobre la extensión de visados para extranjeros (rozporządzenie Ministra Spraw Wewnętrznych z dnia 5 maja 2014 r. w sprawie przedłużania wiz dla cudzoziemców)
- documentos justificativos del motivo del viaje y las condiciones de la estancia (depende del tipo de visado solicitado)
Fundamento legal
artículo 77, apartado 1, punto 3, letra a) de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
- documento que muestre que el solicitante dispone de medios de subsistencia suficientes o que está en condiciones de obtener legalmente dichos medios
Fundamento legal
artículo 85, apartado 3 en relación con el artículo 77, apartado 1, punto 3, letra b) de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o c
- documento que acredite la posesión del seguro de salud o de un seguro médico de viaje
Fundamento legal
artículo 85, apartado 3 en relación con el artículo 77, apartado 1, punto 3, letra c) en relación con el artículo 25, apartado 1, punto 2, letra a) de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
Nota: La exigencia del seguro médico puede cumplirse con un seguro adecuado a la situación profesional del solicitante.
Fundamento legal
artículo 85, apartado 3 en relación con el artículo 25, apartado 4 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
- documento que acredite fiabilidad de las declaraciones sobre la intención de abandonar Polonia antes de la expiración del visado solicitado
Fundamento legal
artículo 85, apartado 3 en relación con el artículo 77, apartado 1, punto 3), letra d) de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
- otros documentos que confirmen las circunstancias mencionadas en la solicitud, especialmente aquellas que justifican la prórroga del visado
Fundamento legal
artículo 85, apartado 3 en relación con el artículo 77, apartado 1, punto 3), letra e) de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
- pasaporte original para su inspección:
- debe ser válido por al menos 3 meses desde la fecha de regreso prevista (con posible exención en casos de urgencia justificada)
- debe tener un mínimo de 2 páginas en blanco para visados
- debe haber sido expedido en los últimos 10 años
Fundamento legal
artículo 85, apartado 4 en relación con el artículo 77, apartados 5 y 6 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
¿Dónde presentar la solicitud?
La autoridad competente para extender el visado será la del país donde se encuentre el ciudadano del tercer país al solicitar la prórroga.
Fundamento legal
artículo 33, apartado 4 del Reglamento (CE) n° 810/2009 (Código de
Si el solicitante está en Polonia, debe presentar la solicitud en la oficina del voivodato (Urząd Wojewódzki) correspondiente a su lugar de residencia.
Fundamento legal
artículo 84, apartado 1 de la Ley de 12 de diciembre de 2013 sobre extranjeros (ustawa o cudzoziemcach)
Tasas
Las prórrogas por razones humanitarias o de fuerza mayor son gratuitas, mientras que aquellas por razones personales graves conllevan una tarifa de 30 EUR.
Fundamento legal
- artículo 33, apartados 1 y 2 del Reglamento (CE) n° 810/2009 (Código de visados)
- parte III, punto 7. del anexo de la Ley de 16 de diciembre de 2006 sobre el impuesto de timbre (ustawa o opłacie skarbowej)
La conversión a PLN se basa en el tipo de cambio de referencia del euro anunciado por el Banco Central Europeo el último día hábil anterior a la presentación de la solicitud de prórroga del visado. Enlace al tipo de cambio
Fundamento legal
parte III, punto 7.1) del anexo de la Ley de 16 de diciembre de 2006 sobre el impuesto de timbre (ustawa o opłacie skarbowej)