Registro del ciudadano de la UE

Información general

Los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea que deseen residir en Polonia por más de tres meses deben solicitar la inscripción en el registro de residencia de un ciudadano de la Unión

Fundamento legal

artículo 20, apartado 1 y artículo 27, apartado 1 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

Excepcionalmente, los ciudadanos que ingresan a Polonia para buscar trabajo tienen derecho a residir hasta por seis meses sin cumplir otras condiciones, a menos que al final de este período puedan demostrar que siguen buscando empleo y tienen posibilidades reales de ser contratados.

Fundamento legal

artículo 20, apartado 2 en relación con el artículo 15, apartado 1, punto 2) de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

La inscripción en el registro de residencia no exime al extranjero de la obligación de empadronamiento.

Documentos necesarios

  • Solicitud redactada en polaco en un modelo oficial (descargable en polaco/inglés/francés), firmada por el solicitante.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para la residencia superior a tres meses.

Dependiendo del supuesto:

  • Si el solicitante trabaja por cuenta ajena:
    • Declaración escrita del empleador sobre la intención de confiar el trabajo a un extranjero o un certificado de empleo.
  • Si el solicitante trabaja por cuenta propia:
    • Inscripción en el CEIDG o en el KRS.
  • Si el solicitante no ejerce actividad laboral en Polonia:
    • Documentación que acredite disponer de un seguro médico adecuado.
    • Documentación que demuestre disponer de recursos suficientes para el solicitante y los miembros de su familia.
  • Si el solicitante estudia o recibe formación profesional en Polonia:
    • Matrícula del centro de enseñanza público o privado.
    • Documentación que acredite disponer de un seguro médico adecuado.
    • Documentación que demuestre disponer de recursos suficientes para el solicitante y los miembros de su familia.
  • Si el solicitante es cónyuge de un ciudadano polaco:
    • Certificado de matrimonio.
    • Copia del documento de identidad o pasaporte del cónyuge (la copia debe estar certificada; de lo contrario, el solicitante debe presentar el documento en el original).
  • Si el solicitante es ciudadano de la Unión y al mismo tiempo es familiar de otro ciudadano de la Unión:
    • Documentación que demuestre el vínculo familiar con el ciudadano de la Unión (partida de nacimiento, certificado de matrimonio).
    • Copia del certificado de registro del ciudadano de la Unión al que el solicitante acompañe o con el que vaya a reunirse posteriormente.
    • Documentación que acredite otros requisitos de residencia como familiar de un ciudadano de la Unión, tales como:
      • Documentación que acredite la dependencia económica.
      • Documentación que demuestre que el familiar europeo tenga menos de 21 años.
      • Documentación que acredite que el solicitante tenga la custodia efectiva del ciudadano europeo menor.
Fundamento legal

§ 3 del Reglamento del ministro del Interior y de la Administración, de 26 de julio de 2021, sobre las solicitudes y los documentos relativos al derecho de residencia en el territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de la Unión Europea y los miembros de sus familias (Rozporządzenie Ministra Spraw Wewnętrznych i Administracji z dnia 26 lipca 2021 r. w sprawie wniosków i dokumentów dotyczących prawa pobytu na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej obywateli Unii Europejskiej oraz członków ich rodzin)

  • 4 fotografías actuales del solicitante que cumplan con los siguientes requisitos:
    • Deben estar en buen estado, en color y nítidas.
    • El formato de la fotografía debe ser de 35 x 45 milímetros (tamaño carné).
    • No deben tener más de 6 meses de antigüedad.
    • La foto debe ser tomada de frente, mostrando claramente ambos lados de la cara desde la cima de la cabeza hasta la parte superior de los hombros, ocupando la cara el 70-80% de la imagen.
    • El fondo debe ser claro y liso.
    • La expresión facial en la foto debe ser neutra, con los ojos abiertos mirando hacia adelante, la boca cerrada y el cabello descubierto.
    • La fotografía debe reflejar el color natural de la piel.
Fundamento legal
  • artículo 21, apartado 3 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)
  • § 4, apartado 1, punto 1 y apartado 2 del Reglamento del ministro del Interior y de la Administración, de 26 de julio de 2021, sobre las solicitudes y los documentos relativos al derecho de residencia en el territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de la Unión Europea y los miembros de sus familias (Rozporządzenie Ministra Spraw Wewnętrznych i Administracji z dnia 26 lipca 2021 r. w sprawie wniosków i dokumentów dotyczących prawa pobytu na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej obywateli Unii Europejskiej oraz członków ich rodzin)
  • Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante.
Fundamento legal

artículo 21, apartado 4 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

¿Dónde presentar la solicitud?

La solicitud se presentará personalmente en la oficina del voivodato (Urząd Wojewódzki) en el que el solicitante tenga su residencia.

Fundamento legal

artículo 21, apartado 2 y artículo 39, apartado 1 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

¿Cómo realizar el trámite?

La solicitud debe presentarse personalmente, a más tardar el día siguiente después de transcurridos 3 meses desde la fecha de entrada en Polonia.

Fundamento legal

artículo 21, apartado 2 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

En caso de un menor, la solicitud deberá ser presentada personalmente por ambos padres o por uno de ellos.

Fundamento legal

artículo 21, apartado 2, punto 1) de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

En casos especialmente justificados, como razones de salud u otros motivos, se puede eximir del requisito de comparecer personalmente.

Fundamento legal

artículo 21, apartado 2b de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

¿Cúanto demora la realización?

Una vez reservada la cita en la oficina del voivodato correspondiente, la inscripción en el registro de residencia se llevará a cabo de inmediato.

Fundamento legal

artículo 22 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

Tasas

Exento de pago.

Certificado de registro

El voivoda (wojewoda) expedirá al ciudadano de la UE que haya registrado su residencia un certificado de registro (zaświadczenie o zarejestrowaniu pobytu) válido por 10 años.

Fundamento legal

artículo 27, apartados 2 y 3 en relación con el artículo 39, apartado 1 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

El certificado será entregado al ciudadano de la UE previa presentación del pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante.

Fundamento legal

artículo 29, apartado 1 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin

Si el extranjero fuera menor de 13 años, el certificado será entregado a uno de sus padres, previa presentación de un pasaporte o un documento nacional de identidad válido y en vigor.

Fundamento legal

artículo 29, apartado 2 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin

El certificado de registro puede ser recogido por un representante debidamente autorizado, con un poder especial para recibir este certificado, previa presentación de un documento de identidad.

Fundamento legal

artículo 29, apartado 3 de la Ley de 14 julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

La expedición del certificado de registro es gratuita.

Fundamento legal

artículo 2, apartado 1, punto 1), letra j) de la Ley de 16 de diciembre de 2006 sobre el impuesto de timbre (ustawa o opłacie skarbowej)

Modelos oficiales para descargar

01 Wniosek o zarejestrowanie pobytu