Salario
Las condiciones financieras se establecen en el contrato de trabajo.
Fundamento legal
artículo 29 § 1 punto 3 del Código laboral
Salario mínimo interprofesional:
El salario no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional.
Fundamento legal
- artículo 10 § 2 del Código laboral
- artículo 6, apartado 1 de la Ley de 10 de octubre de 2002 sobre el salario mínimo
El monto del salario mínimo interprofesional se publicará en el Diario Oficial de la República de Polonia «Monitor Polski» mediante un anuncio del Primer Ministro, a más tardar el 15 de septiembre de cada año.
Fundamento legal
artículo 2, apartado 4 de la Ley de 10 de octubre de 2002 sobre el salario míni
El salario mensual mínimo en 2023 es de:
- 3.490 PLN brutos a partir del 1 de enero.
- 3.600 PLN brutos a partir del 1 de julio.
Pago del salario:
El pago del salario se realizará puntualmente en una fecha fija y preestablecida, al menos una vez al mes. Cuando el salario se pague mensualmente, se abonará a más tardar dentro de los primeros 10 días del mes siguiente
Fundamento legal
artículo 85 § 1 y 2 del Código laboral
El empleador, a solicitud del trabajador, está obligado a proporcionar los documentos en base a los cuales se calculó el salario.
Fundamento legal
artículo 85 § 5 del Código laboral
Vacaciones
Período de vacaciones:
El empleado tiene derecho a vacaciones retribuidas cada año, cuya duración varía según los años de servicio:
- 20 días si el empleado ha trabajado menos de 10 años.
- 26 días si el empleado ha trabajado al menos 10 años.
Fundamento legal
artículo 154 § 1 del Código laboral
El período de empleo que determina la duración de las vacaciones incluye períodos de empleo anterior, sin importar las interrupciones laborales o la forma de terminación de la relación laboral.
Fundamento legal
artículo 1541 § 1 del Código laboral
Se añaden al período de empleo los periodos de formación, por ejemplo, 4 años para el trabajador con educación secundaria general o 8 años para el trabajador con un título universitario.
Fundamento legal
artículo 155 § 1 del Código laboral
Calendario de vacaciones:
Las vacaciones se otorgan según el calendario de vacaciones establecido por el empleador, teniendo en cuenta las solicitudes de los trabajadores y la necesidad de garantizar el curso normal del trabajo. El calendario no incluirá los cuatro días de vacaciones que el trabajador puede elegir libremente (urlop na żądanie)
Fundamento legal
artículo 163 § 1 en relación con el artículo 1671 del Código laboral.
Vacaciones no disfrutadas:
Las vacaciones no disfrutadas se otorgarán al trabajador a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente.
Fundamento legal
artículo 168 del Código laboral
Si la relación laboral se termina y el trabajador no ha disfrutado de todas las vacaciones, el empleador debe pagarle los días de vacaciones no disfrutados (ekwiwalent pieniężny).
Fundamento legal
artículo 171 § 1 del Código laboral
Prestaciones por enfermedad
En caso de baja médica, el trabajador tiene derecho a las siguientes prestaciones:
- 80% del salario:
- En caso de baja por enfermedad o aislamiento, hasta 33 días en total en un año.
- Para trabajadores mayores de 50 años, hasta 14 días en total en un año.
- 100% del salario:
- En caso de accidente «in itinere» o enfermedad durante el embarazo, durante el período indicado.
- En caso de asistencia a exámenes médicos necesarios para donantes de células, tejidos y órganos, así como las intervenciones para su extracción, durante el período indicado.
Fundamento legal
artículo 92 § 1 del Código laboral
Si la incapacidad temporal supera los 33 días (o 14 días en el caso de trabajadores mayores de 50 años), el trabajador recibe el subsidio de enfermedad (zasiłek chorobowy) según lo establecido legalmente.
Fundamento legal
artículo 92 § 4 del Código laboral
Tiempo de trabajo
Jornada ordinaria:
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales, calculadas en promedio cuatrimestral.
Fundamento legal
artículo 129 § 1 del Código laboral
Los trabajadores tienen derecho a:
- Un descanso mínimo diario de once horas ininterrumpidas, excepto en casos específicos.
- Un descanso mínimo semanal de treinta y cinco horas ininterrumpidas, incluidas las once horas de descanso mínimo diario.
Fundamento legal
artículo 132 § 1 y artículo 133 § 1 del Código laboral
Si la duración de la jornada diaria continuada excede las seis horas, se establecerá un periodo de descanso de al menos quince minutos, considerado como tiempo de trabajo efectivo.
Fundamento legal
artículo 134 del Código laboral