Opción 1: Trabajo en Polonia
Trabajar por cuenta ajena o propia en Polonia.
Opción 2: Recursos suficientes
Disponer de recursos para uno mismo y su familia, evitando ser una carga para la asistencia social en Polonia. Además, cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Contar con un seguro de salud según la Ley sobre servicios de atención médica financiados con fondos públicos.
- Tener derecho a servicios médicos basados en disposiciones de coordinación.
- Poseer un seguro médico privado que cubra gastos de atención médica en Polonia.
Opción 3: Estudios o formación profesional
Estudiar o recibir formación profesional en Polonia y contar con recursos suficientes. Además, cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Contar con un seguro de salud según la Ley sobre servicios de atención médica financiados con fondos públicos.
- Tener derecho a servicios médicos basados en disposiciones de coordinación.
- Poseer un seguro médico privado que cubra gastos de atención médica en Polonia.
Opción 4: Cónyuge de ciudadano polaco
Ser cónyuge de un ciudadano de la República de Polonia.
Fundamento legal
ulo 16, apartados 1 a 4 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)
Derecho de residencia después de dejar de trabajar:
- En caso de incapacidad temporal por enfermedad, accidente, embarazo o puerperio.
- Por desempleo no intencional registrado por la oficina de trabajo (powiatowy urząd pracy). Nota: Si el período de trabajo anterior al desempleo fue inferior a un año, se conserva el derecho de residencia durante 6 meses desde el registro en la oficina de trabajo.
- Al iniciar estudios o formación profesional.
Fundamento legal
artículo 17 de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)