GUÍA COMPLETA
El 7 de agosto de 2026 fue publicado un nuevo reglamento del Ministerio de Trabajo que, a partir del 22 de agosto de 2026, limita el derecho de los ciudadanos de Colombia, Venezuela y Georgia a trabajar en Polonia durante su estancia sin visado, incluso cuando dispongan de un permiso de trabajo.
Además, el 12 de agosto de 2026 entró en vigor otro reglamento, del Ministerio de Asuntos Exteriores, que establece una excepción al régimen de exención de visado para los ciudadanos de Colombia, Venezuela y Georgia cuando entren en Polonia en relación con el trabajo.
Los dos reglamentos son muy recientes y todavía no existe una práctica administrativa consolidada que permita determinar con certeza cómo serán aplicados en todos los casos. Por ello, existen importantes dudas jurídicas y consecuencias prácticas, especialmente para las personas que actualmente se encuentran en Polonia, están esperando un permiso de trabajo, tienen previsto viajar a Polonia para trabajar o están pensando en solicitar una Karta pobytu.
En el siguiente compendio informativo analizamos los dos reglamentos, su alcance, las diferencias entre la entrada sin visado y el derecho a trabajar, qué ocurre con las personas que ya están trabajando, cómo pueden influir las nuevas normas en los procedimientos de residencia y cuáles son las posibles alternativas y cuestiones jurídicas que todavía están pendientes de aclaración.
Importante: el compendio contiene una interpretación jurídica de la normativa actualmente vigente. La práctica de la Guardia Fronteriza, los consulados y las oficinas de extranjería puede ser diferente y todavía puede evolucionar. Asimismo, es posible que Polonia modifique posteriormente la legislación o los propios reglamentos si la aplicación práctica del nuevo régimen demuestra que son necesarios cambios adicionales.