Información general
Debido a que el objeto del impuesto sobre la renta de las personas físicas abarca la suma de ingresos de todas las fuentes en un año fiscal, el cálculo del impuesto solo se puede determinar al finalizar el año fiscal. En ese momento, se aplica la tasa de impuestos correspondiente para calcular el monto del impuesto adeudado para ese año.
Sin embargo, el contribuyente está obligado a realizar pagos a cuenta durante el año fiscal como adelanto del impuesto futuro. La generación de esta obligación por pagos a cuenta no predice la obligación tributaria final, ya que es posible que una entidad que lleva a cabo actividades económicas y muestra ingresos en los primeros meses sufra pérdidas a lo largo del año.
La determinación de las obligaciones fiscales por pagos a cuenta suele recaer en el contribuyente o agente retenedor.
Ingresos de contratos de trabajo
En el caso de individuos que obtienen ingresos de contratos de trabajo, la responsabilidad de calcular y retener anticipos del impuesto sobre la renta de las personas físicas recae en el empleador.
Las empresas y los empresarios están obligados, como agentes retenedores, a aplicar una retención de PIT a los trabajadores que reciben ingresos de sus empleos en dichos establecimientos.
Fundamento legal
artículo 32, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od os
En términos generales, el agente retenedor (ya sea la empresa o el empresario individual) debe transferir los montos retenidos a los trabajadores a la cuenta de la oficina tributaria (urząd skarbowy) antes del día 20 del mes siguiente al mes en que se realizó la retención.
Fundamento legal
artículo 38, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Según el artículo 32, párrafo 2 de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los anticipos son, en principio:
- Para los meses en los que las ganancias del contribuyente desde el inicio del año fiscal con un pagador específico no superaron los 120 000 PLN: el 12% de las ganancias obtenidas en ese mes.
- Para el mes en que las ganancias del contribuyente superaron los 120 000 PLN: el 12% de la parte de las ganancias en ese mes que no supera esa cantidad y el 32% del excedente sobre 120 000 PLN.
- Para los meses siguientes al mes en que las ganancias del contribuyente superaron los 120 000 PLN: el 32% de las ganancias obtenidas en ese mes de la misma empresa.
Fundamento legal
artículo 32, apartado 2 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Para calcular los anticipos sobre las ganancias, se considera que las ganancias del trabajo durante el mes son los ingresos menos los gastos deducibles según el artículo 22, apartado 2, punto 1 o 3, o apartado 9, puntos 1-3 de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y menos las contribuciones a la seguridad social deducidas por el pagador en ese mes.
Fundamento legal
artículo 32, apartado 4 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Prestaciones por jubilación o invalidez
En el caso de jubilados y pensionistas, las retenciones sobre las pensiones e ingresos por invalidez son deducidas directamente por las autoridades de pensiones que las pagan.
Fundamento legal
artículo 34, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Las retenciones sobre pensiones e ingresos por invalidez se calculan de la misma manera que las retenciones sobre ingresos del contrato de trabajo.
Fundamento legal
artículo 34, apartado 2 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Ingresos por prestación de servicios
En el caso de personas que obtienen ingresos por la prestación de servicios en virtud de un contrato de mandato o un contrato de obra, la responsabilidad de retener los anticipos recae en la entidad que paga dichos servicios. El monto del anticipo se calcula aplicando al ingreso generado, deducidos los costos deducibles mensuales según lo establecido en el artículo 22, apartado 9 de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y las contribuciones a la seguridad social, la tasa impositiva más baja especificada en la escala mencionada en el artículo 27, apartado 1 (12%).
Fundamento legal
artículo 41, apartado 1 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizyczn
Ingresos de actividades económicas
Los contribuyentes que obtienen ingresos de la actividad económica deben realizar pagos anticipados mensuales durante el año fiscal.
Fundamento legal
artículo 44, apartado 1, punto 1 y apartado 3 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Los contribuyentes que son pequeños contribuyentes o que inician la actividad económica pueden realizar pagos anticipados trimestrales.
Fundamento legal
artículo 44, apartados 3g y 3h de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
En principio, las ganancias de la actividad económica que sirven como base para calcular los anticipos en el caso de los contribuyentes que llevan libros de ingresos y gastos fiscales es la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles.
Fundamento legal
artículo 44, apartado 2 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
En el caso de la tributación según las reglas generales (según la escala impositiva), la cantidad de los anticipos se determina de la siguiente manera:
- La obligación de realizar pagos anticipados surge a partir del mes en que esas ganancias superan la cantidad que representa el cociente entre la cantidad que reduce el impuesto (3,600 PLN) y la tasa impositiva más baja (12%) especificada en el primer tramo de la escala impositiva, según lo establecido en el artículo 27, párrafo 1, lo cual hace 30,000 PLN.
- El anticipo para ese mes es el impuesto calculado sobre esas ganancias según las reglas establecidas en los artículos 26 y 27 de la ley.
- El anticipo para los meses posteriores se determina como la diferencia entre el impuesto adeudado sobre las ganancias obtenidas desde el comienzo del año y la suma de los anticipos de los meses anteriores.
Fundamento legal
artículo 44, apartado 3 en relación con el de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Los contribuyentes gravados con el impuesto fijo están obligados a realizar pagos mensuales en la cuenta del servicio tributario en la cantidad que resulta de la diferencia entre el impuesto adeudado sobre las ganancias obtenidas desde el comienzo del año, calculado de acuerdo con el artículo 30c de la ley, y la suma de los anticipos adeudados en los meses anteriores.
Fundamento legal
artículo 44, apartado 3f de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)
Los aniticipos mensuales de las ganancias mencionadas en el apartado 1 se realizan antes del día 20 de cada mes por el mes anterior. Los pagos trimestrales se realizan antes del día 20 de cada mes siguiente al trimestre por el cual se realiza el pago. El anticipo correspondiente al último mes o trimestre del año fiscal se realiza antes del 20 de enero del siguiente año fiscal.
Fundamento legal
artículo 44, apartado 6 de la Ley de 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (ustawa o podatku dochodowym od osób fizycznych)