Requisitos para residencia permanente en Polonia (familiares de ciudadanos de la UE)

Son titulares del derecho a residir en Polonia con carácter permanente los miembros de la familia de un ciudadano europeo que no ostenten nacionalidad de uno de los Estados miembros de la UE/EE que cumplan con uno de los siguientes requisitos:

  • Hayan residido legalmente en Polonia por un período continuado de 5 años, durante el cual hayan cumplido uno de los requisitos de residencia temporal establecidos en el artículo 18, el artículo 18a, el artículo 19, apartados 2 o 3, o el artículo 19a de la Ley de 14 de julio de 2006.
  • Hayan residido legalmente en Polonia por un período continuado de 5 años y hayan mantenido su derecho de residencia de conformidad con el artículo 19, apartados 1, 2 o 3 de la Ley de 14 de julio de 2006, o sea, en caso de fallecimiento del ciudadano europeo, su salida de Polonia, la nulidad de vínculo matrimonial o divorcio.
  • Hayan residido legalmente en Polonia por un período continuado de 3 años, durante el cual hayan cumplido uno de los requisitos de residencia temporal establecidos en el artículo 18, el artículo 18a, el artículo 19 apartados 2 o 3, o el artículo 19a de la Ley de 14 de julio de 2006, siempre y cuando el miembro de la familia sea cónyuge de ciudadano polaco.
Fundamento legal

artículos 43, 43a y 44, apartado 2, de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

Los miembros de la familia del trabajador por cuenta propia o ajena que residan con él en Polonia tendrán, con independencia de su nacionalidad, derecho de residencia permanente, cuando el propio trabajador haya adquirido para sí el derecho de residencia permanente en los términos establecidos en el artículo 45 de la Ley de 14 de julio de 2006.

Fundamento legal

artículo 46, apartado 1 en relación con el artículo 45 de la Ley 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

No obstante, en caso de que el trabajador por cuenta propia o ajena falleciese durante su vida profesional antes de haber adquirido el derecho de residencia permanente en Polonia con arreglo al artículo 45 de la Ley de 14 de julio de 2006, los miembros de su familia que residan con él en Polonia adquirirán el derecho de residencia permanente, a condición de que:

a) en la fecha de su fallecimiento el trabajador por cuenta propia o ajena hubiera residido de forma continuada en Polonia durante dos años, o

b) su fallecimiento haya sido consecuencia de un accidente laboral o de una enfermedad profesional.

Fundamento legal

artículo 46, apartado 2 de la Ley 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)

Se considera que la residencia en Polonia es ininterrumpida en caso de ausencias temporales que no excedan los seis meses al año, ausencias más largas debido a obligaciones militares, o ausencias de hasta doce meses consecutivos por motivos importantes como embarazo, enfermedad, estudios, traslados laborales a otro Estado miembro o a un tercer país, entre otros.

Fundamento legal

artículo 47, apartados 1 y 2, punto 2) de la Ley de 14 de julio de 2006 relativa a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Polonia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los miembros de sus familias (o wjeździe na terytorium Rzeczypospolitej Polskiej, pobycie oraz wyjeździe z tego terytorium obywateli państw członkowskich Unii Europejskiej i członków ich rodzin)